| Se garantiza en 100 % del monto solicitado. |
El valor entregado puede ser distinto al solicitado dependiendo las ventas de letras en el mercado secundario en ese momento. |
| Pueden obtenerse meses de gracia. |
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| Es posible optar por dos dividendos diferentes por pagar. |
Permite la novación total o parcial por cambio de deudor. |
| La normativa permite que tenga tasa fija o variable (no endosables). |
La tasa siempre debe ser fija y está compuesta por la tasa más una comisión. |
| No se permite la sustitución de garantías mientras el crédito esté vigente. |
Permite la sustitución de garantías. |
| El deudor queda como dueño de la propiedad a hipotecar. |
Permite la sustitución de garantías. |
| Posible de prepagar en cualquier momento del crédito. |
No permite prepagos en los meses de corte de cupón. |
| El costo de prepago es como máximo 1.5 cuotas de interés. |
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| Puede ser como máximo un 80 % del valor de la propiedad. |
Puede ser como máximo un 100 % del valor de la propiedad. |
| Pueden ser endosables para ser traspasados a terceros. |
No son endosables a terceros. |
| Tiene primera hipoteca específica. |
Pueden tener 1ª y 2ª hipoteca específica con lo que se pude garantizar otros créditos. |